La biblioteca pública integral (V): derechos de remuneración, mala fe y malas soluciones

verba volant, scripta manent

PANDERETA

El 2 de agosto entró en vigor el Real Decreto 624/2014, de 18 de julio, por el que se desarrolla el derecho de remuneración a los autores por los préstamos de sus obras realizados en determinados establecimientos accesibles al público. Es una norma que aborda con mala fe un problema muy sencillo y lo hace con muy malas soluciones.

Antes de analizar lo más relevante del texto legal –breve a excepción del estomagante preámbulo con el que el legislador suele obsequiarnos– debemos separar varios conceptos para poder tratarlos de forma separada. Estos conceptos son tres:

  • El derecho de los autores a ser remunerados por el préstamo de sus obras
  • El modo de cálculo de dicha remuneración
  • El procedimiento de pago

El Real Decreto es impecable en el primer punto pues se acoge a lo dispuesto en normas anteriores como la Ley de Propiedad Intelectual, texto refundido aprobado por

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Acerca de Jonatan Yáñez

Bibliotecario 📚 Scout ⚜ Maestro Pokémon 🚫 Erebor 🗻 Sly 🐍 General de las Legiones Félix y leal sirviente del verdadero emperador Marco Aurelio

Publicado el 09/01/2014 en Info General. Añade a favoritos el enlace permanente. Deja un comentario.

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